Propone Héctor Menchaca actividades físicas y de salud mental por ley, para crear ambientes libres de violencia en las escuelas de Zacatecas

El diputado Héctor Menchaca presentó una Iniciativa de Decreto por la que se reforman los artículos 46 y 86 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Zacatecas, a fin de que se implementen actividades físico-deportivas y de salud mental, para reducir la violencia escolar.

En la propuesta, el legislador recordó que en 2014 fue publicada Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual los reconoce como titulares de todos y cada uno de los derechos que le Ley les otorga.

Por lo tanto, los tres niveles de gobierno están obligados a garantizarles el Derecho al desarrollo integral de su vida plena en condiciones acordes a su dignidad, el Derecho a un ambiente sano y sustentable que permita su desarrollo físico, mental, ético, cultural y social y el Derecho a una vida libre de violencia a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.

“En síntesis, los derechos plasmados en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes son la base holística de la protección de los derechos de la niñez y de la adolescencia, favorables para su vida y su desarrollo, asimismo, la esencia de integrar los derechos de este sector en un ordenamiento jurídico es la instauración de mecanismos de seguimiento en el diseño e implementación de políticas públicas para la atención y protección de este sector poblacional”, sustentó el diputado.

Recordó que la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes tiene su antecedente en diversos instrumentos internacionales. Asi mismo, en la reforma Constitucional de 2011 al artículo cuarto en donde se estableció que en todas las decisiones del Estado se debe observar y atender el principio del interés superior de la niñez.

Ante eso, argumentó que la a reforma al artículo 46, de esta ley es para facultar a las autoridades del sistema educativo, que tienen por mandato llevar a cabo acciones necesarias para propiciar las condiciones idóneas para crear un ambiente libre de violencia en las instituciones educativas.

Esto mediante la implementación desde los centros educativos de actividades físico-deportivas, que fomenten la meditación y relajación mental, en el marco del Estado laico, velando en todo momento por el interés superior de la niñez.

Por otra parte, la reforma al artículo 86 propone que los centros de asistencia social impartan actividades físico-deportivas, que fomenten la meditación y relajación mental, en el marco del Estado laico, velando en todo momento por el interés superior de la niñez.

“Debe existir una legislación que integre todos los deberes de las autoridades, los principios de la protección de los menores y las herramientas para cumplir eficazmente la obligación de mantener un espacio escolar libre de violencia. El Estado debe garantizar el respeto a todos los derechos humanos del niño en el centro escolar, y que promueva una cultura del respeto a estos”.

“Así, la educación debe prestarse en un ambiente seguro y estimulante para el niño. Para esto las escuelas deben proveer un ambiente para las niñas y niños libre de violencia”.

La propuesta del legislador es que al Artículo 46, que se refiere a la obligación de las autoridades del sistema educativo para realizar las acciones que propicien un ambiente libre de violencia en las instituciones educativas, en el que se fomente la convivencia armónica y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes se agregue el inciso I, con el siguiente texto.

“I … Las estrategias y acciones planteadas en el párrafo anterior deberán ser acompañadas de la impartición de actividades físico-deportivas, que fomenten la meditación y relajación mental, en el marco del Estado laico, velando en todo momento por el interés superior de la niñez”.

Mientras que al Artículo 86, sobre la responsabilidad de los centros de asistencia social para garantizar la integridad física y psicológica de niñas, niños y adolescentes que tengan bajo su custodia.

Se agregaría a los servicios que prestan los centros de asistencia social orientados a brindar, en cumplimiento a sus derechos, en un entorno seguro, afectivo y libre de violencia se añadiría: “a partir de la impartición de actividades físico deportivas, que fomenten la meditación y relajación mental, en el marco del Estado laico, velando en todo momento por el interés superior de la niñez”.